lunes, 24 de abril de 2017

Real Decreto 1801/1999, traspaso en materia de enseñanza no universitaria

REAL DECRETO 1801/1999, DE 26 DE NOVIEMBRE, SOBRE TRASPASO DE FUNCIONES Y SERVICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA EN MATERIA DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA.


Enlace al B.O.E.:
www.boe.es/boe/dias/1999/12/21/pdfs/A44710-44713.pdf

Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes (1995)

Aborda la participación de la comunidad educativa en la organización y gobierno de los centros docentes y en la definición de su proyecto educativo. Se regulan también los órganos colegiados de gobierno de los centros docentes públicos como el Consejo Escolar y el Claustro de profesores, detallando su composición, competencias y participación de la comunidad educativa en ellos.
Se define la función directiva de los centros públicos, especificándose los procedimientos de elección, nombramiento y acreditación del director y, en su caso, del resto de los miembros del equipo directivo.

También se desarrollan las funciones, condiciones de acceso y ejercicio de la inspección educativa.

sábado, 1 de abril de 2017

Ley Orgánica de Educación (2006)


El Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero elaboró la Ley Orgánica de Educación (LOE), fue publicada en el BOE en mayo de 2006, y aprobada en el Congreso con amplia mayoría gracias al apoyo de CiU, ERC, PNV, ICV, CC, y EA. PP votó en contra e IU se abstuvo. Uno de los puntos que más revuelo causaron fue el de incluir voluntario la asignatura de religión, eso sí, de oferta obligatoria para los centros educativos. Esta Ley incluye la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, una materia obligatoria y evaluable, en detrimento de Lengua y Literatura, cuyas horas lectivas se redujeron en 25 horas. La crítica más amplia a esta Ley estaba dirigida a la menor exigencia al alumnado, con la posibilidad de pasar de curso con materias suspendidas. Además, el PP consideró que Educación para la Ciudadanía suponía la incursión del Estado, como adoctrinador en la moral de los estudiantes.

Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (2013)


La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa es la propuesta de reforma de la LOE y de la LOGSE, dos leyes socialistas en aplicación y a las que el PP siempre se opuso. Ha encontrado numerosas voces que piden la dimisión del ministro Wert, y la Ley ha sido calificada como sectaria, discriminatoria y retrógrada. Vuelve a dar plena validez académica a la asignatura de Religión, recupera las pruebas externas de evaluación o reválidas, recorta las becas universitarias y establece concierto con los colegios que separan por sexo a los alumnos. Ha encontrado fuerte oposición en todos los grupos políticos, así como en el profesorado y en el alumnado que han desembocado en manifestaciones, concentraciones y huelgas, como la general del 16 de mayo de 2013.

Ley Orgánica de Calidad de la Educación (2002)


Promulgada el 23 de diciembre de 2002 por el segundo gobierno de José María Aznar (PP), siendo ministra Pilar del Castillo. No llegó a aplicarse.

Implantación de la LOGSE


En el año académico 1994-95 se implantará, con carácter general, el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria y dejarán de impartirse las enseñanzas correspondientes a los cursos 7º y 8º de la Educación General Básica.

Ley Orgánica General del Sistema Educativo (1990)

La Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), entre otras medidas, amplió la escolaridad obligatoria a los 16 años; introdujo la ESO y el Bachillerato de dos años; reguló la educación especial y permitió que las comunidades autónomas no solo gestionarán los centros educativos, sino que pudieran redactar un porcentaje muy importante de los contenidos curriculares.
Aspectos importantes fueron:
  • La importancia que se le dio a los Consejos Escolares de los centros adquiriendo éstos capacidad para elegir a los directores, capacidad que quedaría sistematizada en la LOPEG de 1995 en detrimento de los Claustros de profesores.

  • Introdujo la promoción automática en determinadas circunstancias.
  • Desarrolló la calidad de la enseñanza estableciendo una Formación permanente del profesorado.
  • Se definió la función de inspección y la acción tutorial/orientación,
  • Se fomentó la compensación de desigualdades en la educación en los centros de especial dificultad por su entorno sociocultural o se redujo la ratio escolar.
  • Conversión de FP1 y FP2 en Módulos experimentales y después en Ciclos formativos de grado medio y superior
  • Se reconoce el carácter educativo de la educación infantil:
  • El Preescolar se sustituye por educación infantil, que se inicia en 0 años con dos ciclos. Necesidad de formar profesionales→ ciclo de educación infantil

Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (1985)

No es una ley que afecta a la estructura del sistema educativo, sino que regula la dualidad de centros docentes, la participación en la enseñanza de la comunidad educativa, el derecho a la educación y determina la dirección democrática, frente a la tecnocrática anterior.
Dichos aspectos quedan desarrollados en RD 237/1985. Este Decreto ha sido modificado parcialmente por los Reglamentos Orgánicos de Escuelas de Educación Infantil y de Colegios de Educación Primaria y de Institutos de Secundaria y por la Orden de 29 de junio de 1994 por la que se aprueban las instrucciones que regula la organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria. Ha sido reformada en casi su totalidad por la LOPEG (Ley Orgánica de 9/1995 de 20 de noviembre) de la evaluación, la participación y el gobierno de centros docentes.

Orden de 30 de septiembre del 83: reforma experimental de las enseñanzas medias

La reforma experimental de las enseñanzas medias se inició en el curso 83-84 en algunos centros (institutos de BUP y de FP, centros de enseñanzas integradas y centros privados). Así, el Ministerio de Educación y Cultura y los órganos correspondientes de las comunidades autónomas en el ejercicio de sus competencias en materia educativa desarrollaron una serie de experiencias en distintos niveles de enseñanza que permitieran introducir modificaciones y reformas que se consideraban necesarias para la actualización del sistema educativo. Esta reforma supuso, por tanto, un precedente de la nueva ordenación del sistema educativo establecida por la LOGSE.
Se trataba de superar algunas deficiencias del sistema existente, tales como la necesaria elección profesional temprana al finalizar la EGB, la devaluación social de los estudios de FP o el excesivo academicismo del BUP.
Con este objetivo, la enseñanza secundaria se organizó en dos ciclos: el primer ciclo o bachillerato general, de dos años de duración (14-16 años de edad), y el 2º ciclo, asimismo de dos años (16-18), con seis modalidades de bachillerato.
También se estableció una rama estrictamente profesional: los módulos profesionales de niveles 2 y 3.
Las novedades que incorporaron estos estudios, además de las referidas al terreno didáctico, se centraban en la incorporación al bachillerato de enseñanzas de carácter profesional.
Por lo que se refiere a los módulos profesionales, éstos fueron regulados con carácter general para todo el Estado en 1988, iniciándose su experimentación en el mismo curso 1987/88 [L176].
Son una concreción determinada de la formación profesional, que trataba de actualizar los contenidos de algunas profesiones y especialidades de la FP reglada de la Ley General de Educación de 1970.
Se contemplaba que el nivel de cualificación de los módulos debería adaptarse a los niveles profesionales más comúnmente establecidos en la Unión Europea, de forma que los alumnos que los cursaran pudiesen obtener la correspondiente certificación profesional homologable en el mercado europeo de trabajo. De acuerdo con los niveles de cualificación establecidos en el Consejo de la Comunidad de 16 julio de 1985, los módulos cubrirían los niveles 2 y 3. Al igual que en el caso de la formación profesional específica, se estableció la participación de los distintos agentes sociales en todo el proceso de diseño, definición del perfil profesional, planificación, implantación, etc. de cada módulo.
El módulo profesional se definía como «un periodo de formación de un año de duración orientado a completar la formación del alumno en aspectos relacionados de forma inmediata con el mundo del trabajo».
Los primeros módulos de nivel 3 iban destinados, en principio, a los alumnos que finalizaban las enseñanzas del segundo ciclo de la reforma experimental [L176]. Más adelante se propuso la creación de los módulos de nivel 2, destinados, también en principio, a los alumnos que terminaban el primer ciclo.

Ley Orgánica por la que se regula el Estatuto de los Centros Escolares (1980)

Esta Ley, la primera plenamente en democracia, fue elaborada por el gobierno de Adolfo Suárez con la Constitución de 1978 recién estrenada. El PSOE la recurrió por no respetar el espíritu de la Constitución, y el TC le dio la razón en bastantes puntos. Tras la sentencia, la UCD debía haber revisado la Ley de forma profunda, pero el golpe de Estado del 23-F, y la posterior victoria electoral del PSOE lo evitó. Por ello jamás entró en vigor.

Ley General de Educación (1970)

La Ley General de Educación se aprobó en el tardofranquismo, pero llegó a estar vigente hasta 1980. Fue impulsada por el ministro de Educación José Luis Villar Palasí, y estableció la enseñanza obligatoria hasta los catorce años. Tras ocho años de Educación General Básica, se accedía al llamado Bachillerato Unificado Polivalente (BUP), o a FP (Formación Profesional). Esta Ley consiguió modernizar los estamentos educativos en España.